Argentina sancionó en marzo del año 2009 la Ley 26.485 “Violencia contra la Mujer. Prevención, sanción y erradicación”. Esta ley se reglamentó durante el transcurso de este año, julio de 2010. Se encuentra en vigencia a nivel nacional. Sin embargo, la aplicación de esta norma en la provincia de Neuquén es de carácter parcial.
La implementación de la ley nacional 26.485 transversaliza los tres poderes del Estado, al establecer en el artículo 7° que “los tres poderes del Estado, sean del ámbito nacional o provincial, adoptarán las medidas necesarias y ratificarán en cada una de sus actuaciones el respeto irrestricto del derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y varones.” En este contexto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el 23 de abril del 2009, por acordada N° 13 crea en ese ámbito la Oficina de la Mujer. Al poco tiempo la abogada Silvia Contrafatto, responsable de Cátedra Unesco en Derechos Humanos de la Universidad Nacional del Comahue y Delegada de la Asociación Americana de Juristas ante la Comisión sobre la condición jurídica de la Mujer en Naciones Unidas, presentó el proyecto de Creación de la Oficina de la Mujer en el Tribunal Superior de Justicia de la provincia[1].
En junio del año 2009, el diputado provincial Luis Sagaseta (PJ) presentó en la Legislatura de Neuquén un proyecto de ley Violencia Contra la Mujer. Este proyecto se encuentra en sintonía con la actual ley nacional. Desde entonces, ese proyecto se encuentra sin tratar en la comisión “C” Desarrollo Humano y Social que preside la diputada Graciela Castañón (MPN). Pasó un año y medio desde su presentación en el parlamento neuquino, aún no hay novedades sobre su avance legislativo. El proyecto presentado por el diputado Sagaseta lleva por N° 6.440.
La violencia contra la mujer no es un fenómeno reciente. Sabiendo de esta situación y pese a los avances en los últimos años en la legislación nacional que protege a las mujeres, es imprescindible que la provincia de Neuquén deje de estar ajena en materia legislativa en esta cuestión. La Legislatura de Neuquén debe abrir el debate e invitar a distintos referentes sociales, a la sociedad civil y referentes políticos a participar de la conformación de la futura Ley Provincial de Violencia Contra la Mujer.
Desconocer la violencia que padecen miles de mujeres anualmente es negar algo que a diario se puede observar, por ejemplo, a través de lo que difunden los medios periodísticos. Que la provincia de Neuquén no tenga una Ley Provincial de Violencia contra la Mujer es negar las cientos de problemáticas que se suceden a diario en al ámbito de la salud pública y de la justicia neuquina, por sólo mencionar apenas tres ejemplos.
Se entiende por violencia contra la mujer, la violencia física, la violencia psicológica, la violencia sexual, la violencia económica y la violencia simbólica.
La República Argentina ha suscripto a diversos tratados internacionales en Derechos Humanos. Tanto la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, conocido por sus siglas en inglés como la CEDAW, como la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer son instrumentos de enorme importancia para la mujeres, ya que son normativas jurídicas internacionales en la configuración de los Derechos Humanos de la Mujeres. Por lo tanto, si la República Argentina ha suscripto innumerables tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, la provincia de Neuquén no puede ni debe estar ajena al enorme compromiso de generar las condiciones necesarias para proteger el Derechos de la Mujeres en suelo neuquino.
Lic. Marcos Muñoz
Secretario de Extensión
Facultad de Humanidades-U.N.Comahue
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